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Convenio colectivo veterinario

10 junio 2024
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El convenio nacional veterinario lleva siendo realidad desde el año 2020. El 14 de agosto de ese año se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Resolución del 3 de agosto de la Dirección General del trabajo por la que se aprobó lo que se conoce como el primer Convenio colectivo estatal de centros y servicios veterinarios

Para llegar a su aprobación hubo más de un año y medio de negociación entre la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE) y las organizaciones sindicales: Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO), que lograron finalmente alcanzar un acuerdo con la firma del convenio el 16 de enero de 2020, incluyendo una fecha de finalización, el 31 de diciembre de 2022. Tras diez meses de negociaciones, el convenio fue renovado de nuevo y publicado en octubre de 2023 para su aplicación hasta finales del año 2025.

Misión del convenio colectivo de centros y servicios veterinarios

Tras el éxito del primer convenio que reconoció por primera vez el estatus sanitario propio, tanto del médico veterinario como de la actividad veterinaria en sí misma. Algo que no ocurría antes de su introducción y que marca la importancia de que las actividades veterinarias sean dependientes de la administración sanitaria tal y como sucede con la medicina humana. Este segunda mantienen el énfasis en este aspecto con el objetivo de afianzarlo.

También, regula las relaciones de trabajo en las empresas que realicen actividades de asistencias a los animales en centros y servicios sanitarios veterinarios o fuera de ellos. Engloba tanto la actividad privada como la realizada en fundaciones; instituciones públicas, como universidades; o entidades sin ánimo de lucro, como los servicios veterinarios que se prestan en las asociaciones protectores de animales.

La firma de este convenio mantiene el marco legal que ampara todo tipo de servicios veterinarios y que funciona como arma de lucha contra la competencia desleal.

El convenio se aplica a los siguientes servicios veterinarios:

  • Servicios aplicados en centros sanitarios veterinarios
  • Servicios aplicados en centros dedicados a animales de compañía
  • Servicios aplicados en centros de trabajo y producción veterinaria
  • Servicios aplicados en otro tipo de centros o aplicados de manera ambulatoria
  • Otras actividades veterinarias como laboratorios de bromatología

Categorías profesionales reguladas por el convenio colectivo veterinario

Esta clasificación mediante categorías profesionales, que se mantiene en el II Convenio colectivo estatal de centros y servicios veterinarios, ayuda a definir las funciones correspondientes a cada puesto de trabajo con el esquema organizativo y retributivo que corresponda, y garantiza la ausencia de discriminación entre hombres y mujeres.

El convenio, también fomenta la formación de los trabajadores y establece, para algunas de las categorías profesionales, una ruta para el desarrollo de una carrera profesional.

Los factores que se tienen en cuenta para indicar la pertenencia a cada una de estas categorías profesionales son los siguientes:

  1. Formación atendiendo a: Titulación, Especialización y Experiencia práctica.
  2. Iniciativa
  3. Autonomía
  4. Responsabilidad
  5. Mando
  6. Complejidad

Del mismo modo, en la siguiente tabla, puedes consultar la clasificación de las categorías profesionales según los siguientes grupos profesionales.

Grupo I (personal sanitario)

Nivel I

Nivel II

Nivel III

Personal Veterinario Director Personal Veterinario Generalista Personal Veterinario Supervisado Personal Técnico Especialista en Laboratorio Personal Técnico Especialista en Radiodiagnóstico Personal Auxiliar Clínico de Veterinaria (ACV)
 

 

Grupo II (personal no sanitario)

Nivel I

Nivel II Nivel III

Nivel IV

Personal Titulado Superior Personal Administrativo Personal Adiestrador-Educador canino Personal Peluquero

de animales de compañía

Personal

Auxiliar

Administrativo

Personal de Limpieza Personal de Servicios Generales

 

A continuación, puedes consultar los salarios mínimos anuales para los grupos II y I, de personal no sanitario y sanitario respectivamente.

Regulaciones salariales del convenio (año 2024)

Año 2024

Niveles Categorías profesionales Salario base mensual

Salario anual

Grupo I

Personal

sanitario

Nivel I Personal Veterinario Director

1.413,38€

26.119,38€

Personal Veterinario Generalista

1.413,38€

21.370,33€

Personal Veterinario Supervisado

1.413,38€

19.787,28€

Nivel II Personal Técnico Especialista en Laboratorio

1.250,30€

18.200,99€

Personal Técnico Especialista en Radiodiagnóstico

1.250,30€

18.200,99€

Nivel III Personal Auxiliar Clínico de Veterinaria

1.141,58€

16.285,06€

Grupo II

Personal

no sanitario

Nivel I Personal Titulado Superior

1.413,38€

21.362,79€

Nivel II Personal Administrativo

1.250,30€

18.200,99€

Nivel III Personal Adiestrador-Educador canino

1.141,58€

15.982,08€

Personal peluquero de animales de compañía

1.141,58€

15.982,08€

Personal Auxiliar Administrativo

1.141,58€

15.982,08€

Nivel IV Personal de Limpieza

1.087,22€

15.221,05€

Personal de Servicios Generales

1.087,22€

15.221,05€

Para el año 2025 estos salarios contarán con un incremento del 3 % con el objetivo de mantener el nivel adquisitivo y compensar la subida del IPC.

Otras regulaciones importantes del convenio colectivo de veterinarios

Jornada de trabajo

La jornada de trabajo no sufre novedades en el nuevo convenio de 2023. La duración máxima de horas de trabajo anuales es de 1.780, es decir, 46 horas menos de las que indicaba el Estatuto de Trabajadores hasta el momento. Entonces, según lo marcado, el número de horas ordinarias no podrá ser mayor a nueve al día en una jornada completa o la proporción que corresponda por ejemplo si es un contrato a tiempo parcial.

Excepcionalmente, pueden contemplarse en momentos determinados, una jornada de hasta 12 horas diarias, siempre previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, no sobrepasando en todo caso, la jornada máxima anual y los descansos diarios y semanales que el convenio establece. Por otra parte, el personal menor de edad, no podrá realizar jornadas de más de 8 horas diarias. Por último, cabe destacar que se reducen en 178 horas el límite anual de disponibilidad quedando fijado en 2.492 horas anuales.

A continuación, puedes acceder al documento completo del convenio colectivo veterinario para consultar más en detalle.

Igualdad

El convenio refleja la obligatoriedad de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, adoptando medidas que eviten cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres o acoso tanto por razón de sexo, orientación sexual o identidad d género.

Ahora que ya conoces mucho más sobre el convenio veterinario, quizás quieras formarte en el sector. Desde aquí, te invitamos a que visites nuestra formación relacionada, entre ellas, nuestro Curso de Auxiliar Técnico Veterinario, para que puedas formarte y emprender tu futuro en este campo de forma profesional.

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